Judicial

Fiscalía endurece postura: Cabecillas capturados en flagrancia por narcotráfico serán procesados

Esta resolución establece lineamientos claros sobre la suspensión de órdenes de captura, tanto locales como con fines de extradición, para los integrantes de grupos armados que participan en los diálogos de paz con el Gobierno.

Fiscalía

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La Fiscalía General de la Nación emitió la resolución 003 del 10 de julio de 2025, en la que define las condiciones para suspender o mantener vigentes las órdenes de captura contra cabecillas que hacen parte de los diálogos de paz con el Gobierno.

Con esta nueva directriz, el ente acusador deja claro que cualquier negociador o cabecilla que sea capturado en flagrancia por delitos relacionados con el narcotráfico será procesado judicialmente.

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Además, se precisa que las órdenes de captura con fines de extradición no se suspenderán hasta que las negociaciones avancen de manera significativa.

“Si la persona que, teniendo suspendidas las órdenes de captura emitidas en su contra, fuere sorprendida en situación de flagrancia por delitos de lesa humanidad, crímenes contra el Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones a los derechos humanos, su captura se someterá a control judicial, y de contarse con respaldo suficiente, se realizará la formulación de imputación y se solicitará la imposición de medida de aseguramiento, según la consideración del fiscal”, señala la resolución.

El documento también detalla los delitos por los cuales los cabecillas podrán ser dejados en libertad inmediata si son detenidos.

Entre estos se encuentran concierto para delinquir; fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones; fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas; utilización ilegal de uniformes e insignias; y utilización ilícita de equipos transmisores o receptores.

Estas precisiones surgen luego de episodios recientes como la detención de Édgar de Jesús Orrego, alias ‘Firu’, y otros seis disidentes del bloque ‘Calarcá’ en Antioquia.

Según la Fiscalía, varios de estos hombres no tenían estatus de negociadores, por lo que sus capturas seguían vigentes.

En el mismo operativo, se encontraba Alexander Díaz Mendoza, alias ‘Calarcá’, jefe del bloque ‘Jorge Suárez Briceño’, quien sí tenía la orden de captura suspendida. Sin embargo, el Gobierno solicitó la libertad de tres capturados, atribuyéndoles posteriormente el estatus de negociadores.

Sobre las extradiciones, la resolución deja claro que “en cumplimiento de compromisos internacionales, dicha suspensión (de la orden de captura) no cobija las circulares rojas de Interpol, como la que se ejecutó”, en referencia al caso de Giovanny Andrés Rojas, alias ‘Araña’, líder de los Comandos de la Frontera, capturado en Bogotá por una solicitud de la Corte del Distrito Sur de California.

En este punto, la Fiscalía enfatiza que las órdenes de captura con fines de extradición solo se suspenderán cuando “las negociaciones estén en un estado avanzado o cuando el negociador requerido se encuentre en una zona de ubicación temporal”.

Finalmente, el ente acusador subraya que “se prioriza la expectativa nacional de la paz total por encima de acuerdos internacionales de cooperación judicial, en la medida en que autoriza, en un estado avanzado de la negociación, la creación de una zona de ubicación temporal que apareja como consecuencia, automáticamente, la suspensión de todas las órdenes de captura de los miembros representantes y/o de los integrantes de los grupos armados ilegales, incluidas aquellas emitidas con fines de extradición”.

Vea aquí la directiva de la Fiscalía:

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