Judicial

Corte Suprema niega tutela a ‘Epa Colombia’ y ratifica condena con agravante de fines terroristas

El alto tribunal encontró que no se vulneraron derechos de la influenciadora quien pedía la extinción de la acción penal.

Daneidy Barrera Rojas, más conocida como EPA Colombia fue condenada a 5 años de prisión por los destrozos que protagonizó en medio de una protesta de 2019

Daneidy Barrera Rojas, más conocida como EPA Colombia fue condenada a 5 años de prisión por los destrozos que protagonizó en medio de una protesta de 2019 / COLPRENSA

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sede de impugnación, negó un grupo de tutelas presentada por Daneidy Barrera Rojas ‘Epa Colombia’, y otras personas en su favor, con la cual buscaban que se le dejara en libertad extinguiéndose la acción penal y además insistiendo en su calidad de madre cabeza de hogar.

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En las acciones constitucionales se planteaba además que Barrera había indemnizado por cuenta de los actos vandálicos que protagonizó contra Transmilenio, pero a pesar de ello, la magistratura rechazó la tutela confirmando en segunda instancia el fallo que la negó y además ratificando que la calificación del delito de instigación a delinquir con fines terroristas no vulneró sus derechos.

“En ese orden, a juicio de la Corte, en este caso no se estructura ninguna de las causales que excepcionalmente autorizan la intervención del juez de tutela en la órbita del juez natural, pues este último ejerció adecuadamente su labor de administrar justicia, sin incurrir en errores o desviaciones protuberantes que ameriten la adopción de las medidas urgentes que se solicitaron”, se lee.

La tutela fue enviada a la Corte Constitucional con el fin de que se revise si eventualmente es seleccionada para su revisión.

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