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¿Cuánto y quién debe responder por el pago del salario durante una incapacidad médica?

En Colombia existen diferentes tipos de incapacidades, donde cada una determina un plazo de tiempo y el motivo por el que se otorga.

Incapacidad laboral Colombia - Getty Images

Incapacidad laboral Colombia - Getty Images / mediaphotos

Cuando se tiene un accidente laboral o se sufre una enfermedad, el empleado está en su derecho de asistir a un médico para determinar si requiere o no una incapacidad, documento que se otorga para que el ciudadano pueda recuperarse o asistir a los tratamientos médicos establecidos en los que necesita “un descanso físico que le impide trabajar”, explica el Ministerio de Justicia y del Derecho.

En Colombia existen diferentes tipos de incapacidades, donde cada una determina un plazo de tiempo y el motivo por el que se otorga; estas deben ser radicadas ante la entidad competente para el reconocimiento del pago por parte de la ARL o EPS, según sea el caso.

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Una de las principales dudas de la ciudadanía es quién sería el encargado de pagar la incapacidad laboral o común, si la empresa o la EPS.

¿Cuánto y quién paga el salario durante una incapacidad?

Al enfrentarse a una incapacidad, el empleado debe acudir en primer lugar ante su empleador o jefe directo, para informar sobre su accidente o enfermedad y la incapacidad que se le ha ordenado por el médico tratante.

Este primer acto es clave, pues el trabajador debe notificar su incapacidad de presentarse a su trabajo, aportando la incapacidad emitida por la EPS, en caso de no hacerlo, podría ser despedirlo con justa causa.

Durante el tiempo que un trabajador se encuentre incapacitado, la empresa debe seguir cancelándole su salario y después realizar el cobro a la EPS, si es una enfermedad de origen común, o a la ARL, si es una incapacidad de origen laboral.

Siendo así, si se trata de una incapacidad de origen común, es decir, que se presentan cuando el trabajador tiene alguna enfermedad o accidente por fuera de la actividad laboral que normalmente ejerce, el pago se realiza de la siguiente manera.

  • De 1 a 2 días de incapacidad equivale al 66.66% del salario.
  • De 3 a 90 días de incapacidad equivale al 66.66% del salario.
  • De 91 a 540 días de incapacidad equivale al 50% del salario.

Mientras que si se trata de una incapacidad de origen laboral, es decir que, ocurren dentro de la empresa, estas son pagas por la ARL tomando como referencia el salario sobre el que el empleador utilizó para pagar las cotizaciones a seguridad social o Ingreso Base de Liquidación (IBL).

  • De 1 a 2 días de incapacidad las paga el empleador.
  • De 3 a 180 días de incapacidad las paga la EPS.
  • De 181 a 540 días de incapacidad las paga el Fondo de Pensiones.
  • De 541 días de incapacidad en adelante las paga entre la EPS y el Fondo de Pensiones.

¿Cómo se paga la incapacidad laboral?

Según el Ministerio de Justicia, las incapacidades de origen laboral son las que tienen que ver enfermedades o accidentes relacionados con el trabajo que se realiza, y se pagan de la siguiente forma:

  • Desde el primer día debe pagarla al 100% la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL).
  • Esta será prorrogable por 180 días, donde la responsable seguirá siendo la ARL.
  • Posterior a los 180 días se evaluará si se prorroga por otros 180 días más para tratamiento y rehabilitación o si tramita la pensión por invalidez.
  • La regulación expone que el pago de la incapacidad NO podrá ser menor a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV).

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