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Gobierno radicó proyecto de paz total para someter a grupos armados

En el proyecto se incluyeron beneficios para jóvenes judicializados en el marco de la protesta social, con posibilidad de reducción del 70% de las penas.

Gobierno radicó proyecto de paz total para someter a grupos armados

Este domingo 20 de julio, el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, radicó el proyecto de ley de paz total, el cual tuvo distintos ajustes en sus últimas 48 horas y terminó teniendo una extensión de 42 folios. Según Montealegre, en el proyecto se incluyeron beneficios para jóvenes judicializados en el marco de la protesta social, con posibilidad de reducción del 70% de las penas.

La iniciativa también incluye penas alternativas entre 5 y 8 años de privación de la libertad. Y sometimiento a la justicia para estructuras criminales, con rebajas del 40 al 60% de las penas.

Tras la sesión del Consejo Superior de Política Criminal realizada el viernes el proyecto recibió varios cambios. Entre ellos, en el texto final fueron incluidos como potenciales postulados los integrantes de Grupos Armados Organizados siendo “aquel que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas sin fines políticos”.

Además, en el ámbito de las investigaciones se enfatizó en que las investigaciones que adelante la Fiscalía deberán centrarse en los máximos responsables (en un enfoque similar a la JEP) pero con imputaciones e investigaciones colectivas. Definitivamente, en la propuesta, quienes estarán a cargo de estos procesos serán jueces especializados y de garantías ordinarios.

En el caso de las víctimas reconocidas estas tendrán derecho a ser intervinientes especiales en “todos los procedimientos descritos en la presente ley, según los estándares nacionales e internacionales sobre garantías procesales, sustanciales, probatorias, acceso a un recurso judicial efectivo y demás derechos aplicables”.

El ámbito temporal de pertenencia de los postulados permitirá que se puedan presentar miembros que hayan integrado estas estructuras criminales nacionales o locales desde 1990 hasta la fecha así como los excluidos por la JEP y Justicia y Paz los cuales deberán manifestar su interés en someterse dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, si se aprueba, y hacer contribuciones a la verdad. Esto quedó igual a como se había planteado inicialmente.

En relación con las penas a aplicar no hubo mayores cambios desde el viernes hasta la radicación del proyecto. Por ejemplo, en el caso de quienes no se hayan desmovilizado antes e incumplido su voluntad de paz se les aplicará una pena de entre 5 a 8 años (en el caso de los altos mandos criminales), aquellos que se postulen y hayan sido excluidos de la JEP o de Justicia y Paz tendrían una pena de prisión de entre 8 y 10 años.

“Los máximos responsables, podrán acceder al beneficio administrativo de libertad preparatoria para trabajar o estudiar por el tiempo restante que le queda de la pena impuesta, una vez cumplan cinco (5) años de pena privativa efectiva de la libertad”, se lee en el proyecto.

Frente al descuento de la pena sí hubo ajustes tras la sesión del Consejo de Política Criminal. En vista de que uno de los puntos de debate fue el monto de pena que se podría descontar por colaboración, el Ministerio “cumplió” su palabra con quienes pidieron un cambio allí, por lo cual se propuso que el descuento por colaboración será de entre 40 y 60% de la pena de prisión, mientras que el borrador inicial subía a 60% directamente.

Sobre temas de bienes, el beneficio para el postulado de quedarse con el 12% del patrimonio que haya entregado a las autoridades se mantiene, siempre y cuando lo autorice una autoridad judicial.

Finalmente, en el articulado relacionado con el tratamiento penal a las protestas, el proyecto de ley plantea los mismos beneficios por colaboración, como principios de oportunidad por delitos menores, y en el caso de los delitos graves se mantuvo en el texto la posibilidad de conceder un 70% de reducción de la pena dependiendo de actos tempranos de reparación y el grado de participación que la persona haya tenido.

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