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¿Caducó proceso contra campaña Petro en el CNE? Pacto Histórico dice que se venció este 29 de julio

De acuerdo con al menos cuatro magistrados y dirigentes del Pacto Histórico el proceso sobre la primera vuelta venció ayer, 29 de julio de 2025. Eso dicen las leyes 1437 y 1475 de 2011.

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Gustavo Petro y Ricardo Roa. Foto: (Cortesía Andrea Puentes - Presidencia) / (Colprensa - Camila Díaz)

La dirigencia del Pacto Histórico y por lo menos cuatro magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) defenderán a partir de hoy que el organismo electoral ya no puede emitir sanciones administrativas sobre los procesados de la investigación a la campaña de primera vuelta del presidente Gustavo Petro. El argumento es que el proceso ya caducó.

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Ayer, 29 de julio de 2025, según le confirmaron a La W, se habría vencido formalmente el plazo legal de tres años que tenía el CNE para pronunciarse sobre las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña para la primera vuelta. El próximo 19 de agosto se vencería el proceso de la segunda vuelta.

Es de recordar que el 8 de octubre de 2024, el CNE formuló cargos a la campaña, y aunque ya transcurrió el tiempo para que los implicados presenten sus alegatos de conclusión, todavía los magistrados del caso, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, no han presentado a la sala plena la ponencia resolutiva, pero a tener el tiempo encima.

Hay quienes señalan que hay que tener en cuenta otras variables para calcular la caducidad, por ejemplo, el tiempo que duró el Consejo de Estado dirimiendo las competencias del Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Acusación de la Cámara; el estudio de la tutela del jefe de Estado para que no lo investigara el organismo electoral; y las recusaciones en contra de algunas magistradas.

Pero desde el Pacto Histórico aseguran que por esos motivos nunca suspendió formalmente el proceso para los demás sujetos procesales, entre ellos el presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, quien fue gerente de la campaña presidencial. Igualmente, contra Lucy Aydee Mogollón, tesorera de campaña; María Lucy Soto, auditora; Juan Carlos Lemus, auditor.​ Además, contra la Colombia Humana y la Unión Patriótica.

Así pues, la nueva discusión jurídica entre los nueve magistrados es que el CNE ya no podrá emitir decisiones sobre las inconsistencias en los informes de ingresos y gastos de la primera vuelta, que se celebró el 29 de mayo de 2022, pues ya no tiene competencia para imponer sanciones. Y Ricardo Roa y los demás ya no podrán rendir cuentas por los presuntos hechos.

Al menos cuatro magistrados, coincidirían en que pronunciarse a partir de hoy sería ilegal: Álvaro Echeverry, Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Altus Vaquero. Igualmente, desde la dirigencia del Pacto Histórico ya están preparando un memorial para ser presentado ante el CNE y argumentar que el proceso caducó.

¿Por qué están contando a partir de este 29 de julio la caducidad?

De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 1437 de 2011, la facultad sancionatoria de organismos como el CNE “caduca a los tres años de ocurrido el hecho, la conducta u omisión que pudiere ocasionarlas”, que es el plazo “dentro del cual el acto que impune la sanción debe haber sido expedido o notificado”.

En este caso, la presunta violación de los topes de gastos se entiende ocurrida en los dos meses posteriores a la elección, pues ese es el último plazo que tienen las campañas para entregar sus informes contables al CNE según la ley.

Entonces, para la primera vuelta, realizada el 29 de mayo de 2022, el plazo para rendir cuentas vencía el 29 de julio de 2022. Por tanto, el término de caducidad expiró este 29 de julio de 2025, tres años después.

Ahora, en el caso de la segunda vuelta presidencial, celebrada el 19 de junio de 2022, el plazo para entregar los informes fue hasta el 19 de agosto de 2022, lo que significa que el término de caducidad vencerá el próximo 19 de agosto de 2025.

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