Así se ejecutará la orden de encarcelamiento y reseña del expresidente Álvaro Uribe
El despacho comisorio llegó en las últimas horas al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Rionegro, Antioquia.

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05:44
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Expresidente Álvaro Uribe Vélez. Foto: Colprensa.
Una fuente del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, me confirmó ayer en la tarde, que a esa institución aún no había llegado la orden de encarcelamiento contra el señor expresidente Álvaro Uribe, condenado en primera instancia por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal.
La demora obedece al cumplimiento de unos requisitos de trámite que son previos a la notificación de esa orden.
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El juzgado 44 penal del Circuito de Bogotá, donde fue condenado en primera instancia el expresidente, notificó ayer su decisión al Centro de Servicios Judiciales de Rionegro, Antioquia, por ser el lugar de domicilio del expresidente Uribe.
Inmediatamente, ese centro libró un despacho comisorio al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Rionegro, Antioquia, cuyo titular, según el registro publicado por la rama judicial, es el doctor Rodrigo Antonio Bustamante Mora.
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El juez de Rionegro debe verificar que se haya efectuado el depósito de caución o prenda judicial por cuatro salarios mínimos legales vigentes, para que el condenado pueda ser beneficiado con el subrogado penal de prisión domiciliaria que le concedió la jueza Sandra Liliana Heredia.
Una vez revisado este requisito, el juzgado informa al centro carcelario más cercano al lugar de domicilio, en este caso sería el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad de La Ceja, Antioquia, para que cumpla inmediatamente con la visita a la casa del expresidente.
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Allí los funcionarios judiciales y del Inpec deben certificar que se trata de su domicilio permanente y proceder a la reseña que consiste en la toma de las huellas dactiloscópicas con las cuales se elabora un documento llamado tarjeta decadactilar, TD.
La TD tiene un número único con el cual en adelante será identificado el expresidente ante el sistema carcelario y penitenciario. Bajo ese número usualmente se toma una fotografía de frente y otra de perfil que pasan a integrar la llamada ficha biográfica del interno.
A partir de ese momento, el Inpec debe verificar que el señor expresidente cumpla con la medida restrictiva, es decir, que no salga de su domicilio sin autorización judicial. Para ello debe efectuar visitas periódicas a su residencia y reportar tanto su presencia como el cumplimiento de las normas aplicables.
Si el expresidente sale de su domicilio sin autorización, el Inpec debe informarlo y ponerlo a disposición del juzgado dentro de las 36 horas siguientes.
Como se sabe hay en curso una tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe ante el Tribunal Superior de Bogotá con el propósito de evitar su detención domiciliaria hasta que la condena sea ejecutoriada.
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La tutela le correspondió por reparto al magistrado Ramiro Riaño, quien en febrero se había declarado impedido por haber sido su compañera permanente nombrada en el cargo por el entonces fiscal general Eduardo Montealegre.
En esa ocasión, hace un poco más de seis meses, el magistrado Riaño declaró su impedimento después de haberle concedido al expresidente Uribe una medida provisional suspendiendo el juicio.
Esta vez también había petición de medida cautelar inmediata para que no fuera detenido domiciliariamente. El magistrado Leonel Rogeles negó esa petición y el magistrado Riaño se volvió a declarar impedido para resolver la tutela de fondo. Ese impedimento debe ser resuelto por sus compañeros de sala.
Mientras tanto, otra subsala de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, integrada por los señores magistrados Manuel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo, será la encargada de estudiar la apelación de la defensa del expresidente Uribe a la condena impuesta por la juez Heredia.
La sustentación escrita de esa apelación debe presentarse el miércoles de la semana entrante, 13 de agosto. En el mismo sentido, debe allegar su documentación el delegado de la Procuraduría, Bladimir Cuadro Crespo y los no recurrentes, es decir, la Fiscalía y la representación de víctimas. Todos trabajan a esta hora para tener sus argumentos listos dentro de una semana.
La Judicatura liberó de cualquier otro caso a los magistrados para que puedan tomar la decisión antes de la prescripción de la acción penal que se cumple el próximo 16 de octubre. Es decir, contando a partir de hoy, estamos apenas a 71 días de ese vencimiento.
Como sea en las próximas horas debería surtirse la diligencia de reseña al expresidente, quien empezaría hoy mismo a cumplir con la sentencia que le fue notificada el viernes.
Escuche el audio completo de El Reporte Coronell aquí:
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