Fintech (Rappipay, Bold, Lulo) piden que la ley permita a ciudadanos pagar impuestos a través de ellas
Actualmente, solo 13 entidades financieras se encuentran autorizadas para recaudar impuestos nacionales, según la regulación. Las fintech piden que se revise la regulación para adaptarla a las nuevas plataformas financieras.

Datáfono Bold | Foto: Bold
En el marco del inicio de la temporada de pago de impuestos, el gremio de las fintech -Colombia Fintech- alertó que los colombianos no pueden hacer este trámite a través de estas empresas financieras pues la regulación del país lo impide, poniendo barreras para que los ciudadanos puedan pagar sus impuestos de manera fácil y rápida.
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Actualmente, solo 13 entidades financieras se encuentran autorizadas para recaudar impuestos nacionales, según la regulación contenida en resoluciones vigentes desde el año 2000 de la DIAN. Por ende, quedan por fuera las fintech como Rappipay, Bold, Lulo, Iris, Tuya, entre otras.
“Esta situación ha limitado la posibilidad de que actores del sistema financiero como los neobancos y las cooperativas puedan ofrecer este servicio a sus clientes, a pesar de contar con la capacidad operativa y tecnológica para hacerlo”, señaló el gremio en un comunicado.
El gremio pidió entonces, como medida inmediata, que, con coordinación con la Dian, habiliten procedimientos que faciliten el pago de tributos. Esto permitiría que entidades no recaudadoras actúen como originadoras de pagos a través de alianzas con bancos autorizados, sin necesidad de modificar el marco de responsabilidades actual.
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“De forma complementaria, a largo plazo se plantea una revisión integral de la regulación del Ministerio de Hacienda y la DIAN sobre el recaudo de impuestos, con el fin de adaptarla a las nuevas dinámicas del mercado financiero y tecnológico. Esta actualización permitiría eliminar barreras para que más actores participen en el proceso, impulsando así un ecosistema más moderno, inclusivo y competitivo”, resaltó el gremio.
La restricción está definida por la Resolución 0008 de 2000 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Resolución 0478 de 2000 de la DIAN, las cuales establecen que sólo los establecimientos bancarios pueden actuar como entidades recaudadoras, y que los pagos deben hacerse en efectivo, con cheques o con tarjetas de crédito emitidas por dichas entidades. Además, la normativa exige una autorización previa por parte de la DIAN para habilitar nuevos mecanismos de pago, lo que ha limitado la adopción de soluciones más modernas como PSE u otros sistemas de pago digitales.