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Consejo de Estado deja en firme elección de Carlos Pinedo como alcalde de Santa Marta

El alto tribunal concluyó que la Comisión Escrutadora acertó reconociéndolo como alcalde a Pinedo tras la anulación de la inscripción y votos de Jorge Agudelo.

Carlos Pinedo Cuello. Foto: Facebook Carlos Pinedo Cuello

Carlos Pinedo Cuello. Foto: Facebook Carlos Pinedo Cuello

La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó en firme la elección de Carlos Pinedo Cuello como alcalde de Santa Marta, al rechazar las pretensiones de una demanda que solicitaba anular su credencial.

Los magistrados concluyeron que la Comisión Escrutadora que lo declaró alcalde tras contar los votos no incurrió en irregularidad alguna, puesto que la inscripción y los votos del contendor, Jorge Agudelo de Fuerza Ciudadana, habían sido anulados tras ser revocada una tutela que había permitido su inscripción.

El alto tribunal sentenció que, primero, no hubo ninguna irregularidad en la anulación de la inscripción de la candidata Patricia Caicedo Omar, y segundo, la Comisión Escrutadora no vulneró la ley al haber excluido del conteo los votos de Jorge Agudelo, el candidato que entró a reemplazar y a quien se lo cayó su inscripción por extemporánea.

Esto, tras un fallo del Tribunal Superior de Santa Marta que revocó el fallo de primera instancia que había amparado su derecho a elegir y ser elegido, por ende, sacándolo de la contienda.

“Atendiendo a las pruebas que acaban de valorarse, la Sala concluye que el acto acusado no está afectado por los vicios de ilegalidad que le atribuye la parte actora por falta de competencia, desviación de poder y falsedad en los documentos electorales, ni por violación del derecho a elegir y ser elegido” indicó la Sección.

Los magistrados se afincaron en dicho fallo de tutela que anuló la votación de Agudelo, quien en el voto a voto había ganado el preconteo. En criterio de la Sección Quinta, “tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil, como el Consejo Nacional Electoral, actuaron con apego al debido proceso y en esa dirección, no vulneraron el derecho a la participación política del movimiento Fuerza Ciudadana y del mencionado candidato”.

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