Corte Constitucional cuestiona falencias del “giro directo” del Ministerio de Salud a las EPS
El alto tribunal señaló el cumplimiento medio - bajo de varias órdenes emanadas del seguimiento al sistema de salud.

Guillermo Alfonso Jaramillo. Foto: Ministerio de Salud
La Sala de Seguimiento de la Corte Constitucional, en la evaluación de la orden dada en 2023 para agilizar y mejorar el desembolso de recursos a prestadores del servicio, encontró varias falencias en el decreto mediante el cual el Gobierno definió los porcentajes y condiciones para el giro directo.
En el análisis realizado por el alto tribunal, se expresó suma preocupación por las alertas elevadas por distintos sectores, quienes han señalado una “problemática estructural que ha ido forjando una crisis generalizada en el sistema de salud”.
“La Corte evaluó el cumplimiento de lo ordenado en el resolutivo 2 del Auto 2882 de 2023 al Ministerio de Salud. Sin embargo, no evidenció de manera clara cómo el decreto 489 de 2024 contribuyó a mejorar el pago de los recursos en el sector a través del giro directo”, determinó la Sala.
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Los magistrados además encontraron que no se ha girado la totalidad de los recursos que fueron aprobados en el marco del llamado Acuerdo de Punto Final (política aprobada por el MinSalud para sanear las finanzas del sistema), señalando por ejemplo que en el régimen contributivo, la Adres suscribió “más de 1000 contratos de transacción”, pero nada que se ejecuta la totalidad de más de 368.000 millones de pesos referenciados desde 2022. Los desembolsos van apenas en un 50%.
La situación en el régimen subsidiado en criterio de la Corte Constitucional no es mucho mejor al no poderse concluir cuánto dinero faltaba por pagarse, debido a las “confusas” cifras entregadas por el Ministerio de Salud a la Sala de Seguimiento de la Corte Constitucional.
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Ante este panorama, los magistrados concluyeron un nivel de cumplimiento bajo en los componentes de la orden relacionada con el mejoramiento en los mecanismos de giro de los recursos y el monitoreo del abastecimiento de los medicamentos y dispositivos médicos, el pago de recursos tras el llamado Acuerdo Final “y la entrega de informes, ya que no se reportaron resultados”.
Por otra parte, declaró el cumplimiento medio en lo atinente al mejoramiento de la cartera en el régimen subsidiado, ya que, en criterio de la Corte Constitucional se adoptaron medidas “que acreditaron resultados”, se lee.
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