¿Hay multa por usar vidrios polarizados en Colombia?
Tenga en cuenta los porcentajes de oscurecimiento permitidos y conozca el documento que debe portar.

Vidrios polarizados. Foto: Getty Images
Los vidrios polarizados son usados por algunos conductores en el mundo y Colombia para varios fines, estos pueden ir desde obtener privacidad, hasta, por otro lado, motivos de seguridad.
Sin embargo, en Colombia no solo basta con contar con los medios económicos y tomar la decisión de polarizar los vidrios de su vehículo, pues hay una normativa que exige ciertos trámites y requisitos para poder hacerlo.
En una primera instancia, en Colombia hay ciertos porcentaje permitidos al oscurecer los vidrios, según la resolución 3777 de MinTransporte.
En caso de exceder estos lineamientos, podría ser multado por un agente de tránsito.
¿Hay multa por usar vidrios polarizados en Colombia?
Si bien en Colombia han permitido el uso de los vidrios polarizados, existen unos porcentajes límite con los que deben cumplir los conductores, en caso de excederse, podría hacerse acreedor de una multa.
Se trata de una sanción por incumplimiento de las normas de tránsito. Según la ley 769 de 2002, el artículo 131 señala que todas las multas tipo B establecen una “multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones”.
B.10. Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo, de acuerdo a la reglamentación existente sobre la materia.
Es decir que quien no porte el certificado o exceda los límites de oscurecimiento permitido, deberá responder por una multa de $321.839.
¿Cuáles son los porcentajes permitidos para polarizar los vidrios?
- Materiales de acristalamiento requeridos para la visión directa del conductor. Vidrios para parabrisas laminados, algunos ventileles y puertas delanteras, cuya transmisión luminosa sea superior o igual al setenta por ciento (70%).
- Materiales de acristalamiento requeridos para la visión indirecta del conductor en vehículos dotados de espejos retrovisores externos a ambos lados del mismo. Vidrios laterales traseros cuya transmisión luminosa sea superior o igual al cincuenta y cinco por ciento (55%).
- Vidrios cuartos traseros y de la quinta puerta, cuya transmisión luminosa sea superior al catorce por ciento (14%).
Tenga en cuenta que este proceso debe realizarlo en sitios especializados que le garanticen que el grado de oscurecimiento cumple con los límites permitidos. Además, se deben utilizar materiales avalados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC).
Recuerde solicitar el certificado del grado de polarización que instaló.
¿Qué se debe hacer para polarizar los vidrios de un vehículo?
- El subintendente Anderson Borja subrayó que “la persona interesada se debe dirigir a la oficina de la DIJIN del comando de Policía departamental o metropolitana, realizar la solicitud, diligenciar el formulario y por último, llevar el vehículo a la Unidad Técnica de Identificación de Automotores donde se le realizará la revisión técnica para verificar la originalidad de los sistema de identificación”.
- El mismo funcionario explicó que el costo del proceso es de 20 salarios mínimos legales vigentes durante un periodo de dos años y en ese sentido.
- Para la renovación se debe hacer con 6 meses de anticipación y tiene un costo de 15 salarios mínimos legales vigentes.
- Adicionalmente, se debe tener en cuenta que para los miembros activos de las Fuerzas Militares y Policía Nacional tiene un valor de 10 salarios mínimos legales vigentes.