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Subsidio para comprar vivienda usada: lista de requisitos, según decreto 0775 de 2025

Además, conozca de cuánto es el monto del subsidio.

Mejor temporada para comprar casa en 2024 - Getty Images

Mejor temporada para comprar casa en 2024 - Getty Images / Perawit Boonchu

Comprar o tener vivienda propia en Colombia se ha convertido en una de las tareas más complejas de la vida adulta debido a los altos precios.

Así mismo, las personas alrededor del país siempre optan por mudarse o mantenerse en las que son consideradas como ciudades capitales: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, entre otras.

Por otro lado, las personas en varias ocasiones mantienen dudas entre comprar o vivir en arriendo.

Para este fin, al igual que cuando se compra, hay empresas o entidades que ayudan a las personas con dinero para pagar su hogar o apoyarle con el arriendo.

De esta misma manera, el Gobierno Nacional, no solo en Colombia, sino en muchos países, también brinda facilidades a la población para que puedan acceder a una vivienda, en este caso, usada.

Así se expide en el decreto 0775 de 2025, y por eso, en W Radio le contamos todo lo que debe saber sobre el subsidio para comprar vivienda usada, requisitos y más detalles.

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¿Qué dice el decreto 0775 de 2025?

Pues bien, en la página web del Ministerio de Vivienda, se explica que el "Decreto 775 de 2025 reglamenta la Ley 3 de 1991″, con la que “el Gobierno habilitó la aplicación del Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda usada de Fonvivienda y Cajas de Compensación Familiar”.

¿Cuánto cubre el subsidio?

Según dice el decreto, el subsidio para vivienda usada cubre desde cuatro (4) hasta 22 SMLV, dependiendo de los ingresos en SMLV de cada hogar. Además, mencionan que el valor no podrá superar esos topes ya definidos.

¿A quién va dirigida la medida expresada en el decreto? Requisitos

MinVivienda informó en el decreto que los requisitos para acceder a la medida son:

  • Contar con una clasificación de SISBÉN IV entre Al y D20.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.

Además, que al menos un miembro del hogar cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Víctima del conflicto armado con estado INCLUIDO en el Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas — UARIV, o quien haga sus veces.
  • En proceso de reincorporación que se encuentre activo en las bases de datos a cargo de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización - ARN o quien haga sus veces.
  • Madre comunitaria vinculada a los programas de hogares comunitarios de Bienestar, Famis y Madres Sustitutas, certificada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Reciclador de oficio que se encuentre registrado ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios como miembro de una organización de recicladores de oficio o en el sistema de información que determine el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para tal fin.

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