Armando Benedetti fue nombrado ministro de Justicia ad hoc para el caso de Álvaro Uribe Vélez
El Consejo de Ministros aceptó el impedimento del ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, quien se declaró víctima en el proceso contra el exmandatario por presunta manipulación de testigos.

Armando Benedetti y Álvaro Uribe. Foto: Colprensa.
La Presidencia de la República, a través del decreto 1014 de 2025, designó a Armando Benedetti como ministro de Justicia ad hoc “para adoptar decisiones y adelantar actuaciones administrativas relacionadas con el cumplimiento de la condena penal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez”, por presunta manipulación de testigos.
La decisión se tomó luego de que, el pasado 19 de septiembre, el Consejo de Ministros aceptara el impedimento presentado por el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, quien se declaró víctima en el proceso contra el exmandatario.
¿Qué otras funciones tendrá el ministro de Justicia ad hoc?
Según el decreto presidencial, Benedetti tendrá que adelantar las siguientes actuaciones administrativas:
- “Las relacionadas con las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, derivadas exclusivamente cuando su aplicación se dirija directamente a los centros de conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá”.
- ”Las relacionadas con las del ministro de Justicia y del Derecho como cabeza del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), para adoptar decisiones y adelantar actuaciones administrativas exclusivamente relacionadas con el cumplimiento de la condena penal del señor Álvaro Vélez”.
- “Las relacionadas con las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho que involucren, de manera directa, la participación del ministro de Justicia y del Derecho en el proceso de extradición de Marianela Alvarez Rosas, Carlos Guillermo González Álvarez, Óscar Leonardo Álvarez Mendoza y Miguel Ángel González Zambrano”.
Cabe recordar que, según el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, en caso de que un ministro sea recusado, o cuyo impedimento sea aceptado y deba separarse de sus funciones, “será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro ministro del despacho”.

