Defensa de Diego Cadena pidió que su cliente quede en libertad hasta que la sentencia quede en firme
También solicitó que no se expida una orden de captura inmediata y que, en caso de ser confirmada la condena por la tercera instancia —la Corte Suprema de Justicia—, el cumplimiento de la pena se haga en prisión domiciliaria.

El abogado Iván Cancino, defensor de Diego Cadena y exabogado del expresidente Álvaro Uribe Vélez, le pidió al juez tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá que permita que su cliente permanezca en libertad hasta que la sentencia condenatoria en su contra quede en firme.
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En ese sentido, Cancino solicitó al juez que tenga en cuenta el arraigo, la asistencia a todas las audiencias de juicio y la disposición que su cliente ha mostrado a lo largo del proceso, y que, por lo tanto, no se expida la orden de captura de manera inmediata.
Asimismo, pidió que se determine que el cumplimiento de la sentencia que se le imponga a su defendido se realice en prisión domiciliaria.
El abogado Iván Cancino señaló que no debe haber discusión sobre la privación de la libertad de su cliente.
“Con todo respeto, pero también con comedimiento, le manifiesto que no se debe, desde ningún punto de vista, volver a tener ninguna discusión sobre mantener la libertad de mi cliente hasta que haya una decisión definitiva, ya que estos cuatro requisitos están presentes para obviar esto. No hay una necesidad real u objetiva de la medida, no existe riesgo de fuga o incumplimiento y tampoco antecedentes de evasión procesal por parte del condenado”, dijo Cancino.
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También solicitó que se imponga la prisión domiciliaria mientras la sentencia no quede en firme y que se establezca el monto mínimo de la pena por el delito de soborno en actuación penal, es decir, seis años.
“En atención a estos argumentos, y teniendo en cuenta las particularidades personales, profesionales, familiares y sociales, esta defensa presenta a su honorable despacho una solicitud seria y razonable para que, al momento de individualizar la pena, se aplique el cuarto mínimo contemplado por la ley, dado que no hay agravantes ni concurso de conductas punibles. Lo anterior, con el propósito de que la sanción responda a los principios de proporcionalidad, justicia, razonabilidad y racionalidad que se encuentran dentro de la Constitución y el Código, y que no se convierta en una medida desmesurada o descontextualizada”, afirmó.
Cabe recordar que, Cadena fue hallado culpable por sobornar al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve para que declarara falsamente contra el senador Iván Cepeda y en favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez.