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¿Cómo solicitar el RIT en línea? Siga el paso a paso

El RIT (Registro de Información Tributaria) puede tramitarlo en línea o presencialmente ante las Secretarías de Hacienda de las distintas alcaldías locales o municipales del territorio nacional.

Persona en computador, pantallazo del Registro de Información Tributaria. Foto: Getty Images/ Secretaría de Hacienda.

Persona en computador, pantallazo del Registro de Información Tributaria. Foto: Getty Images/ Secretaría de Hacienda.

Según la Alcaldía de Bogotá, el RIT (Registro de Información Tributaria) es el “documento que identifica y clasifica a las personas y entidades, bajo la denominación de contribuyentes, declarantes, agentes de retención o sujetos con obligaciones tributarias distritales”.

Este documento, puede tramitarlo en línea o presencialmente ante las Secretarías de Hacienda de las distintas alcaldías locales o municipales del territorio nacional.

Tenga en cuenta que el no contar con dicho documento podría acarrearle multas y sanciones económicas.

¿Cómo solicitar el RIT en línea?

La Secretaría de Hacienda de Bogotá, explicó el paso a paso para tramitar este documento en línea:

  1. Ingrese a la página de la Secretaría de Hacienda de Bogotá.
  2. Diríjase a la sección de trámites y servicios más consultados.
  3. Seleccione ‘Solicita tu RIT’.
  4. Allí haga clic en el enlace que le arroja para diligencia el formulario de solicitud.
  5. Adjunte los documentos requeridos.
  6. Una vez la Secretaría de Hacienda verifique los requisitos, le enviarán el certificado al correo registrado.

Documentos para solicitar el RIT

Los documentos debe enviarlos en formato PDF.

Personas naturales:

  • Copia digitalizada del Registro Único Tributario.
  • Copia del documentos de identidad (ambas caras).

Personas jurídicas:

  • Certificado de Cámara y Comercio con una vigencia menor a 30 días.

Uniones temporales o consorcios:

  • Acuerdo consorcial.
  • Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

¿Quiénes deben inscribirse en el RIT?

De acuerdo con la Alcaldía, las personas que deben tener el Registro de Información Tributaria son:

  • Quienes por primera vez tienen una relación con la SDH para el pago de impuestos y no se encuentran registrados en la base de datos de la Entidad.
  • Toda persona que desee acceder a los servicios de la Oficina Virtual y no cuente con la información suficiente en el momento de realizar su autenticación.
  •  Aquellas personas que tienen alguna relación tributaria con el Distrito.
  • Para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio, el plazo de inscripción es dentro de los dos (2) meses siguientes al inicio de actividades.

Tenga en cuenta que este documento también lo puede solicitar a través de:

  • Presencial:

Puede dirigirse al SuperCADE de Américas, Bosa, CAD, Calle 13, Suba y 20 de Julio, sin cita previa para iniciar el proceso de inscripción. Ese mismo día recibirá el certificado en el que se indica el registro efectuado exitosamente.

  • Oficina virtual de la Secretaría de Hacienda Distrital:.

Las personas que harán la constitución de la empresa en Bogotá, podrán hacer el registro en los servicios virtuales de dicha entidad; sin embargo, necesitará asistir previamente a alguno de los SuperCADE ya mencionados, para crear un usuario y clave de acceso.

Vale la pena aclarar que el trámite es completamente gratuito y una vez se realice este procedimiento, no requerirá renovación.

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