Declaran inimputable a mujer que asesinó a su hija de 2 años en el barrio San José en Manizales
El hecho ocurrió en el año 2021 en la comuna San José en Manizales.

Palacio de justicia de Manizales
Manizales
El 14 de julio del 2021, dentro de una vivienda ubicada en el barrio San José en Manizales, las autoridades hallaron a una mujer al lado del cuerpo de su hija, de 2 años. En las últimas horas, un juez de la república declaró inimputable a esta persona. La niña tenía varias heridas con arma blanca, que le generaron la muerte a manos de su progenitora.
En audiencia, la fiscalía informó que la menor tenía lesiones en mejilla y lado derecho del cuello, dedo izquierdo y palma de la mano, como señales de que intentó defenderse.
Tras terminar el juicio, a la procesada la declararon inimputable, eso quiere decir que tendrá una medida de internamiento, posiblemente, en la clínica San Juan de Dios, en Manizales, con tiempo por definir.
“El diagnóstico médico es claro, se evidencia una alteración cerebral con impacto funcional al momento de los hechos, producto de una fisiopatológica directa de una afección médica como un infarto cerebral padecido por Gloria Estela Quintero Muñoz, además no existe prueba de simulación o encubrimiento voluntario del trastorno, antes por el contrario toda la prueba periférica base del dictamen del Dr. José Gregorio Meza Azuero”, dice algunos de los apartes de la sentencia.
El Juzgado Quinto Penal Del Circuito, argumentó lo siguiente:
“En consecuencia, aunque el hecho típico y antijurídico está probado, la ausencia de imputabilidad impide atribuirle responsabilidad penal a la procesada”.
DECISION ADOPTADA
PRIMERO: La señora GLORIA STELLA QUINTERO MUÑOZ de condiciones civiles y personales conocidas en el expediente y en los registros magnetofónicos, como consecuencia de la conducta se declara en estado de inimputabilidad al momento de la comisión del hecho, a quien se le atribuyó ser autora del delito de “HOMICIDIO” con “CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION PUNITIVA” (Artículos 103 y 104 numeral 1 y 7 del capítulo primero, del título I, del libro segundo del Código Penal), donde falleció su hija María Lucia Quintero Muñoz.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 69 del Código Penal, se impone a la procesada por ahora la medida de seguridad de internamiento en establecimiento psiquiátrico adecuado[1], bajo supervisión del Ministerio de Salud, hasta tanto cesen las causas que dieron lugar a la inimputabilidad, previo concepto favorable del organismo médico correspondiente.
TERCERO: SE EXONERA por el momento al señor GLORIA STELLA QUINTERO MUÑOZ, del pago de indemnización de perjuicios y se deja vía libre a los herederos de la niña MARÍA LUCIA QUINTERO MUÑOZ, para que persigan las demás sumas a que tengan derecho como indemnización por la vía incidental o tal vez, si es su deseo hacerlo por la vía ordinaria civil.
En Manizales también hay exceptiva por el caso ocurrido a mediados de año, donde una mujer de 21 años asesinó a su hija al interior de una vivienda en el barrio San Sebastián.