Tendencias

Únicos casos en los que aplica una incapacidad retroactiva de 30 días: Así se tramita

No todas las incapacidades médicas permiten cobertura retroactivo, pero en Colombia hay situaciones más específicas en las que le pueden aprobar una incapacidad de hasta 30 días previos al diagnóstico. Mire como se aplica y cómo hacer ese trámite.

Incapacidades médicas. Foto: Getty Images

Incapacidades médicas. Foto: Getty Images / Iparraguirre Recio

En temas de salud en el trabajo, una incapacidad médica es un permiso que se le concede a un trabajador para no cumplir sus labores por razones médicas que si están certificadas. Sobre lo que la seguridad social en Colombia abarca (Salud, pensión y ARL), las incapacidades normalmente comienzan el mismo día que se hace la consulta médica, pero ya es más difícil que esta incapacidad sea retroactiva, es decir, que también se pueda aplicar a días anteriores al de la emisión de la incapacidad.

Aun así, el Ministerio de Salud ya ha dado los requisitos para que esos casos excepcionales le permitan recibir una incapacidad retroactiva de hasta un mes.

Uno de estos casos es cuando el trabajador nunca tuvo la oportunidad de ir a una cita médica a tiempo por causas de fuerza mayor, que pueden ser desastres naturales, confinamientos por emergencias de sanidad, bloqueos en las vías y demás situaciones que simplemente impiden un acceso al sistema médico.

Con estas circunstancias, se evalúa el contexto y ya se le permitiría al médico aprobar la incapacidad para que sea válida desde antes del día de la consulta.

Otro caso que puede funcionar es cuando por errores administrativos de la EPS, la solicitud no fue validada a tiempo, ese caso y si el trabajador tiene pruebas claras de que si gestionó la incapacidad lo más rápido posible y que las demoras fueron ajenas a él, se puede aceptar que la incapacidad cubra días anteriores a su emisión, 30 como máximo.

Para tramitar este tipo de incapacidad, el trabajador, como primer paso, debe acudir al médico que hizo su diagnóstico y pedirle que extienda el certificado médico indicando expresamente la retroactividad con los fundamentos médicos acorde a lo escrito antes. Este certificado se le debe presentar a la ARL o la EPS junto a una carta dónde se pida que la incapacidad se reconozca desde una fecha anterior, especificada y la razón por la que se hace esa misma solicitud.

También es buena idea colocar pruebas del impedimento, como pueden ser certificados de cierres de vías, servicios hospitalarios inactivos y demás para poder sustentar esa solicitud.

Ya cuando la solicitud se radique, la EPS o ARL tiene cierto plazo para hacer revisión de la historia clínica del paciente, las fechas, los soportes de inaccesibilidad y las responsabilidades externas que no le permitieron recibir atención en el momento debido. Si todo va bien hasta el momento, emitirán una resolución que reconozca la incapacidad desde la fecha propuesta y aquellos días serían pagados sin mayor problema. Si la respuesta es negativa, el paciente puede acudir a mecanismos como la tutela, los derechos de petición o hacer un reclamo ante la Superintendencia de Salud.

Escuche W Radio en vivo aquí:

WRadio FM

Directo

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad