Presidente Petro será testigo en juicio a Miguel Polo Polo por presunto hostigamiento contra el M-19
En decisión de primera instancia, los magistrados además rechazaron una solicitud de nulidad que elevó el congresista Miguel Polo Polo.

Miguel Polo Polo. Foto: EFE /Juan Camilo Díaz / Cámara de Representantes / Juan Camilo Díaz / Cámara de Representantes (EFE)
La W conoció en primicia la decisión de 32 páginas en la cual la Sala de Primera Instancia determinó que el presidente Gustavo Petro, la vicepresidente Francia Márquez y la senadora María José Pizarro, sean testigos en el juicio contra el representante Miguel Polo Polo por presunto hostigamiento agravado.
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El congresista de las negritudes es procesado ante la Sala de Primera Instancia por promover en redes sociales varios videos en los que se incineran banderas del M-19 y objetos con la cara del presidente Gustavo Petro.
En criterio de la Sala de Primera Instancia, tanto el testimonio del presidente Petro, como de la vicepresidenta y la senadora, son sumamente importantes para conocer si las publicaciones de Polo Polo generaron amenazas o riesgos para su vida.
“Se accede a su testimonio por considerarse pertinente su declaración de cara a evidenciar si tuvo conocimiento directo de las publicaciones realizadas por el procesado y, si como consecuencia de estas, ha sido objeto de hechos concretos que hayan afectado su vida, integridad o seguridad”, se lee en la providencia.
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Aunque estas pruebas solicitadas fueron avaladas, otras también pedidas por la defensa como el testimonio del propio Miguel Polo Polo fueron negadas por la Sala de Primera Instancia.
La Corte negó en primera instancia una nulidad con la cual Polo Polo buscaba tumbar el proceso
Además de fijar estas importantes declaraciones, la Sala negó una solicitud de nulidad que presentó el representante Miguel Polo Polo, con la cual buscaba tumbar el juicio en su contra por presunto hostigamiento agravado.
Aunque la defensa de Polo Polo señaló que se le había vulnerado el derecho al debido proceso por cuenta de la valoración probatoria que realizó la Sala de Instrucción, alegando que se agregaron nuevas circunstancias no puestas en conocimiento de Polo Polo, para que pudiera defenderse, la Sala de Instrucción negó la petición.
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Los magistrados concluyeron que no se le vulneraron las garantías al congresista por las negritudes. Afirmaron que no se afectó el principio de congruencia y de ninguna manera se incluyeron hechos que fueran desconocidos por la defensa de Polo Polo. Al contrario, indicaron que la acusación en su contra se basó en los mensajes y videos que motivaron la investigación.
“Contrario a lo afirmado por el solicitante, para esta Sala no resulta sorpresiva la afirmación contenida en la resolución de acusación, según la cual, las publicaciones compartidas constituían una incitación a la eliminación física tanto de miembros del M-19 como de figuras políticas o militantes afines a dicha ideología”, se lee en el documento de 32 páginas.
La defensa de Miguel Polo Polo apeló el fallo de primera instancia, ante la Sala de Casación Penal. Por su parte, la Procuraduría solicitó dejar en firme la determinación y así dar comienzo a la audiencia pública de juzgamiento contra el congresista.
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