¿Cuánto dinero recibe por trabajar el festivo del lunes 13 de octubre? Esto dice la reforma laboral
Tras la reforma laboral, el recargo dominical y festivo aumenta gradualmente hasta llegar al 100% en 2027 y el recargo nocturno se mantiene en un 35% sobre el valor de la hora ordinaria. Conozca cómo lo afectan estos cambios.

Imagen de referencia de jornada laboral. Foto: Getty Images
El pasado mes de junio, fue aprobada la reforma laboral mediante la ley 2466 de 2025, la cual fue impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro en busca de promover el trabajo decente y digno en Colombia.
Entre los cambios aprobados por la reforma se encuentran modificaciones en la contratación, en la jornada laboral y los horarios, en permisos y licencias, en el trabajo en días de descanso y los correspondientes recargos. Además, se reglamentó la formalización del trabajo doméstico, el trabajo en plataformas digitales y la inclusión de personas con discapacidad.
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En cuanto al trabajo en días de descanso y los recargos, la reforma laboral estableció dos nuevas condiciones: el recargo dominical y festivo aumenta gradualmente hasta llegar al 100% en 2027 y el recargo nocturno se mantiene en un 35% sobre el valor de la hora ordinaria.
No obstante, dicho aumento será progresivo: en julio de 2025 aumentó del 75% al 80%, mientras que en julio de 2026 pasará de 80% a 90% y para julio de 2027 será de 90% a 100%.
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Además, se determinó que la jornada diurna se extiende hasta las 7:00 de la noche y, por lo tanto, la nocturna comienza a partir de esa hora. Además, la jornada laboral se reduce gradualmente a 42 horas semanales.
¿Si trabajo el festivo del 13 de octubre de 2025, cuánto deben pagarme?
Algunos sectores económicos como comercio o servicios trabajan el festivo del lunes 13 de octubre, que es puente por la conmemoración del Día de la Raza.
A estos trabajadores, por lo tanto, se les paga el recargo del 80% que ya se encuentra vigente desde el pasado mes de junio cuando se aprobó la reforma laboral.
De este modo, si una persona gana el salario mínimo, su hora de trabajo diurna ordinaria vale $6.470.
Al ser festivo, este valor asciende a $11.647: de esta manera, si la persona trabaja ocho horas ese lunes festivo, su empleador debe pagarle $93.176.
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