Proceso para sacar legalmente a un hijo de la casa en 2025: Ley explica condiciones para desalojo
¿Quiere sacar a un hijo de su casa? Conozca cómo es el proceso legal y las condiciones que debe cumplir.

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Si un padre quiere sacar a su hijo de la vivienda, debe tener en cuenta unos parámetros establecidos en la ley colombiana para no caer en una falta a la norma y pueda ser sancionado por las autoridades.
En Colombia, aunque la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, la obligación de los padres de brindarle manutención a sus hijos no necesariamente cesa en ese momento. Si bien esta es la edad en la que un hijo tendría que valerse por sí mismo, hay unas excepciones en la ley, en las que el padre tendría que seguir siendo su proveedor.
¿En qué casos los padres deben seguir dando alimentación y vivienda a sus hijos después de los 18?
Según la ley 1098 DE 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, los padres deben pagar la cuota alimentaria de sus hijos sin falta solo hasta los 18 años, salvo las siguientes dos excepciones.
- Si el hijo está estudiando: si luego de los 18 años, el joven se encuentra estudiando alguna carrera profesional, técnica o tecnológica y demuestra que depende económicamente del padre o la madre, esta obligación se puede extender SOLO HASTA LOS 25 AÑOS.
- Si padece alguna discapacidad o incapacidad laboral: si el hijo padece de alguna condición de salud que le impida sostenerse por sí mismo, esta obligación puede ser INDEFINIDA.
Estas dos excepciones exponen que, la obligación alimentaria a favor de hijos mayores de edad debe estar condicionada a su incapacidad de subsistir por cuenta propia.
Es clave tener en cuenta que un hijo menor de edad NO puede ser sacado de su vivienda, pues sus padres continúan siendo sus responsables. Los padres que intenten desalojar a estos hijos menores sin autorización pueden enfrentar sanciones penales y administrativas, incluyendo penas de prisión.
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¿Cuál es el proceso para sacar legalmente a un hijo de la casa?
Si el hijo no cuenta con una de las excepciones explicadas, después de la mayoría de edad los padres pueden solicitar que su hijo abandone la vivienda, iniciando un proceso de desalojo que está presente en el artículo 384 del Código General del Proceso.
Esta norma está relacionada para desalojar a un inquilino cuando se le arrienda, pero también se aplica cuando un hijo no tiene derecho legal a permanecer en su hogar familiar y se niega a salir de él.
Normalmente, los padres usan este recurso cuando la presencia del hijo en la vivienda es perjudicial o conflictiva. Ellos no están obligados seguir dándole dinero o alimentación, pero si la idea es sacarlo de la vivienda, deben demostrar ante un juez que su hijo representa un peligro o perjuicio para los padres u otro habitante de la vivienda.
Allí iniciará la solicitud de desalojo con el acompañamiento de las autoridades.
¿Qué pasa si uno de los padres no cumple con la obligación en caso de tenerla?
Al abstenerse de realizar este pago, que es de carácter obligatorio, estaría incurriendo en el delito de inasistencia alimentaria. Lo anterior podría causarle a la persona diversas sanciones y consecuencias legales, estas son algunas de ellas:
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- Multa o condena en establecimiento carcelario: según el artículo 233 del Código Penal, incurrir en este delito podría causarle una pena de uno a tres años en establecimiento carcelario y una multa de diez a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam): quienes incumplan con esta obligación pueden ser inscritos en este registro, lo que les impedirá ejercer cargos públicos, salir del país y obtener créditos. Si para el momento de registro la persona ya tenía un cargo público, podría ser suspendida del cargo de manera inmediata.
- Embargo de bienes: con el objetivo de garantizar el pago, las cuentas bancarias, bienes, activos y salario del deudor pueden ser embargados.