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Magistrado Jorge Ibáñez pidió nuevamente tumbar la reforma pensional

El magistrado y presidente de la Corte Constitucional, presentó ponencia negativa contra la reforma pensional al señalar que los vicios de trámite no fueron subsanados.

Jorge Enrique Ibáñez. Foto: cortesía de Corte Constitucional.

Jorge Enrique Ibáñez. Foto: cortesía de Corte Constitucional.

El magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, presentó proyecto de decisión en contra de la supervivencia de la reforma pensional.

En el documento de 83 páginas, el presidente del alto tribunal y ponente de la discusión, le planteó a sus compañeros magistrados que la reforma se caiga en su integridad al encontrar que, en su criterio, no se corrigieron debidamente los vicios de trámite del proyecto.

De acuerdo con las conclusiones y el resolutivo propuesto en la ponencia presentada por el magistrado Ibáñez, el procedimiento de subsanación convocado por la Cámara de Representantes para corregir los yerros fue fallido, e incluso aseguró que esa corporación legislativa repitió los mismos errores que ya habían sido encontrados al momento de devolver el proyecto al congreso.

“Declarar inexequible la ley 2381 del 16 de julio de 2024 por no haberse subsanado los vicios de procedimiento en su formación y haber persistido en ellos durante el fallido trámite de subsanación” se lee en el documento.

¿Cuáles son los argumentos del Magistrado Jorge Ibáñez para tumbar la reforma pensional?

Dentro del arsenal de argumentaciones que expuso el magistrado Ibáñez para pedirle a la Sala Plena que acoja su ponencia y tumbe la reforma pensional, se encuentran irregularidades en la convocatoria a las sesiones, actas de las sesiones del 27 y 28 de junio pasado, así como una adhesión indebida al texto proveniente del senado sin tramitar el debate del articulado y para rematar, falta de garantías a la oposición para poder participar de la discusión.

“Durante las sesiones extraordinarias realizadas los días 27 y 28 de junio de 2025, la Cámara de Representantes cumplió solo parcialmente con lo ordenado. Debatió y votó la proposición sustitutiva, pero se negó expresamente a continuar con el debate del articulado. Por 100 votos contra 11, la plenaria decidió no reabrir la discusión del texto del proyecto, privando nuevamente a las minorías de la posibilidad de presentar y debatir proposiciones modificatorias” sentenció Ibáñez en el proyecto.

De hecho, para el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Cámara, aunque sabía que estaba equivocando nuevamente el camino, determinó dolosamente seguir avanzando por allí y “reproducir” el “vicio original” que se pretendía subsanar. Para Ibáñez los errores de conformación del proyecto se mantienen, por lo cual en su criterio, que ahora será sometido al escrutinio de la Sala Plena, la reforma pensional debe caerse y si las otras dos ramas del poder público así lo consideran, tramitarla de nuevo, respetando según Ibáñez, los procedimientos fijados en la ley.

“Si el congreso decide tramitar una nueva reforma pensional, deberá garantizar el cumplimiento riguroso de todas las exigencias constitucionales y legales que rigen el proceso legislativo. Deberá asegurar plazos razonables de citación, debates amplios y suficientes en todas las instancias, tramitación efectiva de las proposiciones presentadas por las minorías, cumplimiento de los requisitos de publicidad y anuncio, y respeto escrupuloso de las mayorías requeridas para cada tipo de decisión” dice la ponencia.

Ahora, el proyecto tendrá que ser debatido en la Sala Plena de la Corte Constitucional, en donde podrá ser apoyado, modificado o derrotado, dependiendo de lo que, en conjunto y por mayoría, se imponga en la Sala.

Al margen de la discusión sobre la ponencia, que sin duda generará polémica de lado y lado, lo cierto es que el análisis y decisión de fondo sobre la misma sigue en el congelador en vista de que por el momento la Corte Constitucional tendrá que resolver primero qué pasa con el magistrado Héctor Carvajal.

Carvajal fue recusado por la senadora Paloma Valencia por presunto prejuzgamiento, en razón a que habría asesorado a Colpensiones en la presentación de su concepto respaldando la reforma ante, precisamente, la Corte Constitucional.

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