Procuraduría reafirmó suspensión obligatoria de 3 meses en respuesta al alcalde de Barrancabermeja
El procurador Gregorio Eljach recordó que el no cumplimiento de la suspensión provisional puede generar mayores consecuencias a un disciplinado.

Gregorio Eljach, procurador general de la Nación, y Jonathan Vázquez, alcalde de Barrancabermeja. Fotos: Colprensa y cortesía @Jsvasquezg.
Luego de que el alcalde de Barrancabermeja, Jonathan Vázquez, se negara a acatar la suspensión de 3 meses en su contra ordenada por la Procuraduría, el ente de control emitió un comunicado recordando que tal medida es de obligatorio cumplimiento.
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Vásquez, en un video publicado en sus redes sociales, había señalado que la única persona que podía suspenderlo era el presidente Gustavo Petro, al ser un funcionario electo popularmente sobre el cual la Procuraduría no podía retirarlo temporalmente de su cargo.
En la declaración del procurador Gregorio Eljach, se recordó que las suspensiones provisionales por 3 meses, las cuales pueden ser prorrogadas, tienen que ser acatadas de manera inmediata, y los funcionarios que no las acaten pueden sufrir consecuencias peores.
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“En caso de continuar haciendo uso del cargo o la función incurre en la falta disciplinaria gravísima prevista en el numeral 8° del artículo 55 del Código General Disciplinario”, afirmaron.
El Ministerio Público agregó que no acatar las suspensiones ordenadas por la Procuraduría equivalen a poner en duda la autonomía del ente de control.
“Se recuerda que la medida de suspensión provisional tiene como objetivo la protección del recto ejercicio de la función pública, por cuanto, impide que el investigado pueda continuar o reiterar el comportamiento u obstruir el trámite del proceso”, señaló el ente de control.
Cabe recordar que el alcalde Vásquez fue suspendido por presunta participación en política debido a que es señalado de participar en eventos públicos, al parecer, en favor de su cónyuge Laura Cristina Ahumada.




