Judicial

Ordenan a Petro retractarse de haber acusado a Paloma Valencia de ser “cómplice” de falsos positivos

El jefe de Estado tendrá cinco días para retractarse y ofrecer disculpas públicas a la senadora del Centro Democrático. Lea todo el fallo.

Gustavo Petro y Paloma Valencia. Foto: (Photo by Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images) /  (Colprensa - Camila Díaz)

Gustavo Petro y Paloma Valencia. Foto: (Photo by Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images) / (Colprensa - Camila Díaz)

El juez 46 Administrativo de Bogotá amparó los derechos a la honra y al buen nombre de la senadora Paloma Valencia y ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse de haberla acusado como “cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes”.

Según el fallo de 38 páginas, el jefe de Estado tendrá cinco días para rectificar los señalamientos que hizo contra la congresista del Centro Democrático.

En el fallo de tutela, el juez amparó los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra de Valencia, al considerar que el presidente Petro no tenía justificación para relacionarla con las ejecuciones extrajudiciales.

Las acusaciones de Petro contra la congresista se dieron el 29 de septiembre a través de su cuenta oficial en la red social X (antes Twitter).

Petro aseguró que la senadora Valencia fue “cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes”, refiriéndose a los falsos positivos que ocurrieron en Colombia a principios de la década de los 2000.

En la tutela, Valencia señaló que, con los señalamientos de Petro, “se podría configurar el delito de hostigamiento por ideología política, el cual, conforme a la jurisprudencia constitucional, no requiere la materialización del daño sino la generación de un riesgo comunicativo”.

Aunque la Presidencia de la República pidió desestimar la tutela y rechazarla por improcedente, argumentó que Valencia supuestamente no acudió a los trámites requeridos para estos casos.

Sin embargo, el juez dijo que no halló ninguna irregularidad en los trámites y aclaró que no se trató de un debate político, sino de una “afirmación carente de verificación mínima y de sustento probatorio, emitida en un contexto que no justifica la afectación a la honra ni a la reputación de la accionante”.

Además, señaló que “las expresiones emitidas por parte del señor Presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego, vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra de la accionante, al tratarse de afirmaciones sin sustento fáctico suficiente, proferidas en un contexto que no justifica su difusión ni su contenido”.

El presidente de la República deberá retractarse en un máximo de cinco días.

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