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¿Hay multa por disfrazar su carro en Halloween? Secretaría resolvió este interrogante

La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá se pronunció al respecto.

Vehículo decorado de Halloween.

Vehículo decorado de Halloween. / Arseniy45

En muchas ciudades de Colombia, especialmente en las principales como Bogotá, Cali o Medellín, es común ver carros y motos decorados para Halloween.

En esta época del año, sobre todo en la última semana del mes de octubre, la gente aprovecha para utilizar máscaras de personajes de terror, telarañas artificiales, pintura que imitan manchas de sangre y otros adornos para decorar sus vehículos para la ocasión.

Sin embargo, aunque muchos lo ven como un simple gesto de creatividad, es común preguntarse hasta qué punto está permitido decorar los carros y motos, sobre todo si se trata de adornos aparatosos.

¿Hay multa por disfrazar su carro en Halloween?

Para resolver las dudas de los dueños de vehículos que tienen la intención de decorarlos para Halloween, sobre todo ante el temor de recibir una multa de tránsito o un llamado de atención por parte de las autoridades, la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá se pronunció al respecto.

De acuerdo con esta autoridad, no existe una medida específica que impida decorar los carros o las motos durante la celebración de Halloween. Sin embargo, se aclara que sí es importante que se respeten las consideraciones básicas de seguridad.

Es preciso recordar que, a pesar de que el Código Nacional de Tránsito Terrestre (CNT) no contempla ninguna prohibición de esta práctica, sí fija algunas condiciones para que los conductores de estos vehículos no sean sancionados.

El artículo 130 del CNT indica que las personas que quieran añadir atuendos u objetos a su vehículo deben garantizar que estos elementos no obstaculicen la visibilidad de los conductos. Por eso, no está permitido cubrir los vidrios del automóvil o la moto con artículos, tintes, adornos o polarizados no autorizados.

Incumplir esta norma implica una multa de ocho salarios mínimos legales vigentes.

Además, la norma contempla que no debe alterarse el color original del vehículo ni hacer algún ajuste en su estructura sin contar con la autorización de las autoridades. Por eso, añadidos como calcomanías, vinilos o alumbrados se pueden usar solo si no alteran las propiedades de identificación del carro o la moto.

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