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Petro: si se prohíbe personería jurídica al Pacto solicitaré acciones en organismos internacionales

Según Petro, el derecho constitucional y universal a elegir y ser elegido “debe sobrevivir en Colombia” si se quiere “democracia y libertad”.

Gustavo Petro y Pacto Histórico. Fotos: Getty Images y suministrada.

Gustavo Petro y Pacto Histórico. Fotos: Getty Images y suministrada.

Luego de que La W revelara que el Consejo de Estado admitió para su estudio una demanda que busca que se declare la nulidad de la resolución del CNE que otorgó de forma condicionada la personería jurídica del Pacto Histórico, el presidente Gustavo Petro lanzó una alerta a través de su cuenta en la red social X.

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En la acción de nulidad de 104 páginas interpuesta por los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Lucas Durán, se argumentó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no podía conceder la personería jurídica ni siquiera de forma parcial (naciendo formalmente hasta cuando no hubiese investigaciones contra los partidos que se fusionaron) porque la ley no permite interpretaciones “parciales” de los requisitos.

Sin embargo, el presidente Gustavo Petro dijo: “Si prohíben la personería jurídica del Pacto Histórico, contra lo que ordena la Constitución, solicito acción inmediata en todos los organismos internacionales de Derechos Humanos y tutela inmediata ante la Corte Constitucional”.

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Según Petro, el derecho constitucional y universal a elegir y ser elegido “debe sobrevivir en Colombia, si queremos democracia y libertad”.

En la demanda se planteó que resulta reprochable que las colectividades promovieran y luego el CNE aceptara otorgar la personería, aun sabiéndose que existían procesos sancionatorios contra los partidos que buscaban unirse. Para los demandantes, tales actuaciones representan una vulneración directa de la Constitución y las normas electorales.

“Permitir la fusión de partidos políticos y el consecuente reconocimiento de personería jurídica mientras existen procesos sancionatorios en curso podría generar un fraude a la Ley, como ya se mencionó y lo expuso la propia Corte Constitucional mediante la Sentencia C-490 de 2011, al posibilitar que las colectividades evadan responsabilidades (para el caso administrativas), debilitando la eficacia de las atribuciones de inspección, vigilancia y control que ejerce el Consejo Nacional Electoral” indica la demanda.

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En la demanda se expuso también que la resolución del CNE habría tenido falsa motivación, una interpretación indebida de las normas, y se estaría sacando provecho indebido de la marca y logos usados en la campaña de 2022 a la presidencia y al Congreso de la República

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