Dian insiste en cobrar a Reficar por IVA a importación de combustible: podrían embargar cuentas
La Dian podría embargar a la compañía Reficar por un billonario pago que debe hacer de al menos $ 1,3 billones por la importación de combustibles. Hay batalla jurídica.

Foto: Reficar / DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió la resolución 12812 insistiéndole a Reficar que debe pagar un IVA del 19% por la importación de gasolina.
Así las cosas, con esta resolución, Reficar debe pagar más de $1 billón de pesos correspondientes a la importación de combustibles, y esto podría también llevar a un pago por este concepto de los últimos tres años.
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Recordemos que en mayo de este año Ecopetrol señaló que “a partir de enero de 2025, Ecopetrol y Reficar han venido realizando los pagos del IVA por la importación de gasolina y ACPM, en cumplimiento a la interpretación de la DIAN a la tarifa del 19%”, pese a que están en desacuerdo con esto.
Por tanto, ambas empresas interpusieron un recurso de reconsideración y, para la Dian, la refinería debe pagar IVA por la importación de los combustibles.
Entre sus argumentos, Reficar señaló que “por el hecho de que el Ministerio de Minas y Energía no haya fijado los precios para efectos de liquidación del IVA, no existe una base gravable, por lo que los productos refinados del petróleo importados no generan el impuesto que la administración pretende cobrar”.
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“Que ante es omisión, la DIAN no puede pretender el cobro del IVA bajo el presupuesto que se debe aplicar el artículo 459 del ET con la base general, pues se desconoce la base gravable especial que se encuentra vigente para la gasolina y el ACPM”, agregó.
Incluso, Reficar insistió en que, de aplicarse un IVA, debió haber sido del 5% y no del 19%.
Sin embargo, un incumplimiento de esta orden de la DIAN podría acarrear el embargo de las cuentas de la Refinería, poniendo en riesgo a esta importante empresa del Grupo Ecopetrol, pues podría cesar su operación en las próximas semanas.
Parte de la polémica radica en si esta medida es retroactiva o no, puesto que la suma ascendería.
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