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Niegan tutela que buscaba amparo constitucional para presuntos implicados en una masacre en Córdoba

Una de las pretensiones también buscaba suspender el inicio y desarrollo de la audiencia preparatoria dentro del caso que busca esclarecer la muerte del ganadero Esteban Urueta y sus dos mayordomos.

Niegan tutela que buscaba amparo constitucional para presuntos implicados en una masacre en Córdoba. Foto: Getty Images (referencia).

Niegan tutela que buscaba amparo constitucional para presuntos implicados en una masacre en Córdoba. Foto: Getty Images (referencia).

Montería

La W Radio conoció una reciente decisión judicial emitida por el Tribunal Superior de Montería -Sala Constitucional Ad hoc- en la que se negó por “improcedente” una acción de tutela que buscaba amparo constitucional para Cristián Petro Almanza y Juan Soto Garcés, por supuesta violación al debido proceso dentro de la investigación que se sigue para esclarecer la masacre registrada en Chimá, Córdoba, donde fueron asesinados el ganadero Esteban Urueta y sus dos mayordomos, Fredy Manuel Beleño y Gerardo de los Santos Marzola.

Según los argumentos de la defensa, la acción de tutela se habría hecho “necesaria”, luego de que los Juzgados Primero Promiscuo Municipal de Sahagún y Promiscuo del Circuito de Chinú, negaran la búsqueda selectiva en base de datos para acceder a información privada de quien en vida respondiera al nombre de Esteban Urueta González. Los despachos coincidieron en que la petición “carecía de motivación”.

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En ese sentido, la defensa consideró que se estaría vulnerando el debido proceso para sus representados, investigados por presuntamente incurrir en delitos como homicidio agravado, hurto calificado agravado, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.

Tras lo expuesto, el Tribunal Superior de Montería consideró que “para esta Colegiatura no es dable predicar que estamos frente a fallos judiciales en los que se configura un yerro específico (error o equivocación), por lo cual no puede ser otra la decisión a tomar por parte de esta Sala que negar por improcedencia la presente acción”.

“Aunado, se tiene que la causa penal referida en el escrito tutelar, identificada con radicado No 2366060-01004202400190 se encuentra en curso, de manera que, no puede pretender el apoderado judicial mediante esta acción de tutela, adelantar un debate que es propio del juez ordinario, pues recuérdese los pronunciamientos de la Honorable Corte Constitucional, respecto a que la acción de amparo no puede ser un mecanismo adicional o paralelo a los medios ordinarios dentro de los cuales se debate una investigación penal, mucho menos, cuando ni siquiera quedó demostrado el perjuicio irremediable causado que hiciera procedente como mecanismo transitorio el amparo pretendido”, agregó.

Pese a la decisión, aún no se conoce fecha en la que se continuaría con la audiencia preparatoria ante el Juzgado Penal del Circuito de Sahagún, Córdoba.

Cabe recordar que, los dos procesados se encuentran privados de la libertad por otra investigación relacionada con la masacre registrada en Chimá en septiembre de 2024. Dicha investigación es por el delito de abigeato.

Parte resolutiva de la decisión emitida por el Tribunal Superior de Montería.

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