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Procuraduría mantiene inhabilidad y multa contra William Dau por llamarlos “nido de ratas”

La Procuraduría determinó que las expresiones de Dau Chamatt fueron indecorosas e irrespetuosas contra el Ministerio Público.

William Dau, Alcalde de Cartagena. Foto:  (Colprensa - Camila Díaz)

William Dau, Alcalde de Cartagena. Foto: (Colprensa - Camila Díaz)

La Procuraduría General de la Nación, en decisión de segunda instancia, confirmó la inhabilitación por 4 meses y multa de 56 millones de pesos en contra del exalcalde de Cartagena, William Dau, tras haber llamado “nido de ratas” al ente de control.

La W conoció el documento de 26 páginas proferido por la Sala de Juzgamiento de la Procuraduría, en el que se determinó mantener la sanción contra Dau al encontrar que sus manifestaciones -proferidas en 2022 durante una audiencia- fueron atentatorias contra la dignidad y responsabilidad de su cargo.

“La representatividad del electorado le exige que en las esferas pública y privada sus actos sean transparentes y respetuosos de los derechos de la población entre ella, de los demás funcionarios públicos, incluidos todos aquellos con los cuales el procesado tenía relación por razón del servicio, circunstancias que no acató al momento de proferir expresiones irrespetuosas”, afirmó la Procuraduría.

En criterio de los juzgadores de Dau, las aseveraciones proferidas en una audiencia pública por parte de Dau resultan contrarias a los valores de los servidores públicos y, por ende, Su comportamiento se convirtió en una falta grave a título de dolo.

“El procesado desacató el procedimiento legal e institucional abrogándose la facultad de atribuir a otros servidores públicos calificativos deshonrosos y desdeñosos, que afectaron la dignidad y la honra, en especial de las funcionarias presentes en la diligencia disciplinaria en la que expresó el procesado que «(...) yo afirmó que en la Procuraduría General de la Nación también hay un nido de ratas”, indicó el Ministerio Público.

Cabe recordar que la sanción no se encuentra en firme, debido a que contra este fallo de segunda instancia procede el recurso extraordinario de revisión ante el Consejo de Estado para que analice si se mantiene o no la sanción y la multa.

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