Corte Suprema deja en firme condena contra alias ‘Jaider’ por el crimen de Alberto ‘Tico’ Aroca
La Sala penal rechazó la demanda de casación presentada por la defensa del procesado, al no encontrar errores en la valoración probatoria.

Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa / Archivo(Thot)
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano, rechazó la demanda de casación presentada por la defensa de Jaider Acuña Barrios ‘Jaider’, con la cual buscaba tumbar la condena de 45 años de prisión en su contra por el crimen del médico Alberto ‘Tico’ Aroca.
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Con esta determinación, la Sala dejó en firme la sentencia impuesta contra Acuña Barrios en primera y segunda instancia.
El crimen se produjo el 20 de agosto de 2019, cuando sobre las 5:30 AM a 5:45 AM dos hombres en motocicleta se acercaron a ‘Tico’ Aroca y uno de ellos, Jaider Acuña Barrios, disparó contra la humanidad del médico en varias oportunidades causándole la muerte en plena vía pública. Los agresores iban en dicha moto sin portar cascos.
Aunque Acuña Barrios quiso plantear que los testigos no lograron probar su participación en el crimen, o que le hayan pagado -a pesar de que uno de ellos lo identificó-, la Corte determinó que se logró evidenciar su participación en el homicidio de ‘Tico’ Aroca.
De hecho, se le dio credibilidad al testimonio del exparamilitar Fernando Andrade Sánchez, quien fue contactado por Acuña Barrios ofreciéndole 80 millones de pesos para que participara en el homicidio.
“Para el caso, es claro que dentro del plan para quitar la vida a Alberto Aroca Saad se ofreció una remuneración en dinero, la cual tuvo que ser realizada por un autor intelectual interesado en su muerte a unos autores materiales, los sicarios que ejecutaron el macabro acto” se lee en la decisión de 60 páginas.
Para la Corte Suprema de Justicia además resultó probada la configuración del delito de homicidio agravado en circunstancia de indefensión en vista de que fue ultimado sin posibilidad de defenderse o repeler el ataque ya que se produjo cuando caminaba por la calle.
“Se destaca que, cuando el médico Alberto Aroca Saad recibió los disparos se creó una situación de desventaja que el agresor aprovechó, toda vez que cuando fue inicialmente atacado, lo fue de forma sorpresiva y por la espalda”, se lee.
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Incluso, la Corte mencionó que, uno de los testigos principales, Wilman Martínez Rodríguez -acompañante presencial de la víctima- “apenas pudo reaccionar para buscar protección detrás de un palo de mamón, desde donde tuvo la posibilidad de grabar en su memoria algunos rasgos del procesado, a quien luego reconoció en la diligencia de reconocimiento fotográfico. De esta manera se estructura la “causal de agravación anunciada”.
Además de fijar en 45 años de cárcel la pena que deberá purgar Jaider Acuña Barrios, también le fue impuesta una pena de 1 año sin acceso o porte de armas de fuego.




