Consejo de Estado admite nueva demanda contra elección de magistrado Carlos Camargo
Corte Suprema de Justicia habría levantado impedimentos para elegirlo en la Corte Constitucional sin los votos necesarios.

Consejo de Estado admite nueva demanda contra elección de magistrado Carlos Camargo
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Carlos Camargo, magistrado de la Corte Constitucional. Foto: Senado
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en votación que tuvo lugar en las últimas horas, admitió una nueva demanda contra la elección de Carlos Camargo como magistrado de la Corte Constitucional.
En las 22 páginas de la decisión firmada por los magistrados Gloria María Gómez Montoya, Luis Alberto Álvarez Parra y Pedro Pablo Vanegas Gil, hay una manifestación trascendental:
Por decirlo coloquialmente, el Consejo de Estado se moja, y dice que la prohibición del “yo te elijo, tú me eliges” sí aplica a la elección del magistrado Carlos Camargo y que, si se llega a probar, es una prohibición que no puede pasarse por alto.
En definitiva, la aceptación de la demanda lo que dice es que si existen las pruebas de nombramientos y contratos para favorecer a familiares de magistrados nominadores de la Corte Suprema de Justicia y de senadores, la elección del magistrado Carlos Camargo es insostenible.
Este es el mismo asunto por el que fue anulada la última elección de Alejandro Ordóñez como procurador general. En esa decisión del Consejo de Estado solo fue necesaria la acreditación de un solo favorecimiento.
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En el proceso contra Camargo existen nombramientos y contratos que favorecen a familiares de al menos 10 magistrados de la Corte Suprema de Justicia, como en su momento lo reveló La Silla Vacía y de 11 senadores, de todos los partidos.
El Consejo de Estado indica preliminarmente que esto opera solamente para los nombramientos hechos directamente por Carlos Camargo, cuando era defensor del pueblo, y no puede extenderse a los nombramientos y contratos efectuados por sus subalternos de Camargo, es decir el vicedefensor y el secretario general.
El auto pide que en algunos casos se pruebe el parentesco de los favorecidos con los magistrados nominadores.
Quizás lo más importante de la admisión de esta demanda es que se pone en tela de juicio el levantamiento de los impedimentos en la Corte Suprema de Justicia.
Para decidir esos impedimentos se retiraron de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, los diez magistrados presuntamente beneficiados. Con lo cual la determinación quedó en manos de solo 12 magistrados. El reglamento ordenaba que esos impedimentos se negaran con mayoría absoluta, es decir 12 de 23 votos, pero como solo había 12 en la Sala cambiaron la norma para que pudiera decidirse con 7 votos.
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La ley estatutaria de la justicia determina que la mayoría en las Cortes se decide por el número de integrantes. Es decir, la mayoría es de 12 y no de 7.
No fue el único caso en el que la Corte Suprema de Justicia se saltó, a la torera, la regla de las mayorías para elegir a Carlos Camargo.
Hubo un empate 6-6 en la votación del impedimento de la magistrada Myriam Ávila, a pesar de esto la terna que incluía a Carlos Camargo fue confirmada.
Cada una de estas determinaciones tiene el potencial para anular la elección del magistrado de la Corte Constitucional.
El abogado demandante José Fernando Gutiérrez Galvis habla con El Reporte Coronell:
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El proceso de nulidad de la elección de Carlos Camargo será como la final de la copa mundo en el mundo jurídico. Imagínense las tres más altas cortes del país involucradas: El Consejo de Estado decide si la Corte Suprema de Justicia trasgredió la ley para elegir un magistrado de la Corte Constitucional.
Si el Consejo de Estado mantiene su doctrina debe ser revocada esta elección.




