Defensoría demandó ante el Consejo de Estado renovación de gestoría de paz a exjefes AUC
La entidad pidió anular la resolución que otorgó nuevas funciones a 16 exparamilitares, alegando que creó tareas no previstas en la ley y dejó por fuera a víctimas y jueces.

Salvatore Mancuso. Foto: Colprensa
La Defensoría del Pueblo presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad contra la resolución que renovó la figura de gestores de paz para 16 exintegrantes de las AUC, entre ellos Salvatore Mancuso, ‘Jorge 40’, ‘Macaco’, ‘Don Berna’ y ‘Diego Vecino’. Según el organismo, han pasado más de tres meses desde que se otorgó esa facultad y aún “no existe claridad sobre las funciones que deberían cumplir”.
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La acción judicial cuestiona de fondo la Resolución 327 de 2025. De acuerdo con la Defensoría, en vez de ubicar las labores de los designados dentro de la “estructuración de procesos de paz” con actores armados activos, como lo exige la Ley 975 de 2005, la norma les asignó tareas distintas.
Entre ellas, la creación del Comité Técnico para el Cierre de la Mesa Técnica de Diálogo Social, al que se le encarga que los gestores elaboren un “balance integral de los avances y resultados obtenidos mediante la Ley 975 de 2005” y formulen “recomendaciones institucionales para el cierre definitivo del proceso de Justicia y Paz”.
Otro de los reparos señala que la resolución otorga a los exparamilitares la responsabilidad de diseñar y ejecutar actividades de reparación y de definir una “ruta para la difusión pública de los aportes de verdad”. No obstante, la Defensoría advierte que la norma “omite por completo la supervisión judicial” y excluye la participación efectiva de las víctimas en la elaboración y evaluación de esas acciones.
El Comité Técnico está integrado únicamente por funcionarios del Gobierno y por los gestores de paz, sin representación de víctimas, pese a que las decisiones del comité afectan directamente sus derechos.
El organismo también cuestiona que la resolución no explica por qué se aplica una figura concebida para dialogar con grupos armados activos a personas ya desmovilizadas. Tampoco, según la demanda, justifica la “necesidad, idoneidad y proporcionalidad” de crear un mecanismo administrativo que evalúe el proceso de Justicia y Paz por fuera de las instancias judiciales y de los órganos de control. Además, afirma que la norma no define con claridad la naturaleza ni el alcance de las funciones entregadas a los 16 gestores, lo que vulneraría principios de legalidad y afecta a las víctimas.




