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Cámaras de fotodetección en Bogotá ¿Cuáles son las infracciones que sancionan?

Además del exceso de velocidad, estos dispositivos permiten descubrir otras infracciones y papales mal documentados. Conozca cuáles son y el valor de las multas.

Semáforo en Bogotá. FOTO: Getty Images

Semáforo en Bogotá. FOTO: Getty Images

Las cámaras de fotomultas, reguladas y aprobadas por la Ley 1843 del 14 de julio de 2017, permiten a la Secretaría Distrital de Movilidad, en su búsqueda de prevenir siniestros viales y proteger la vida de los actores viales, imponer una variedad de infracciones para aquellos que no cumplan la normativa de manera correcta.

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Estos dispositivos se encuentran activos las 24 horas al día todos los días por lo que, en cualquier momento, las cámaras pueden llegar a tomar evidencias de presuntas infracciones para que posteriormente, puedan ser validadas por las autoridades y así generar un comparendo.

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Sin embargo, de acuerdo con el Ministerio de Transporte, es fundamental que las cámaras cuenten con la debida señalización y advertencia hacía con los conductores.

¿Qué infracciones detectan las cámaras de foto detección?

Estos dispositivos, a través de una foto a la placa del vehículo, detectan una serie de infracciones. Conozca cuáles son y el valor correspondiente a la multa en 2025.

  • Exceso de velocidad (604.100 pesos)
  • Pico y Placa (711.750 pesos)
  • SOAT (1.423.500 pesos)
  • Falta de revisión técnico-mecánica (711.750 pesos)
  • Cruces en semáforo en rojo (1.207.800 pesos)
  • Bloqueo de calzada (604.100 pesos)
  • Bloqueo de cruces peatonales (604.100 pesos)
  • No acatar señales de tránsito (161.035 pesos)
  • Dejar o recoger pasajeros en puntos no permitidos (604.100 pesos)

¿Cuál es el tiempo de notificación por parte de tránsito?

Para este procedimiento de validación del comparendo, donde el agente de tránsito verifica la información registrada por los SAST para establecer la presunta infracción, la autoridad cuenta con un plazo de diez días.

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Una vez concluida la validación, comienza el plazo para la notificación formal al ciudadano. La autoridad dispone de solo tres días hábiles para realizar esta notificación.

El comparendo es la orden emitida para que el presunto infractor comparezca ante la autoridad respectiva. Tras la notificación, el ciudadano cuenta con once días para comparecer, ya sea de forma física o virtual, si el organismo de tránsito ofrece el mecanismo electrónico en su sitio web.

Nuevas cámaras de fotomulta en Bogotá

Claudia Díaz, secretaria de Movilidad de Bogotá, anunció la instalación de cámaras nuevas de fotodetección para lo que resta del año.

Según la información proporcionada por Forero, los estudios previos del contrato sugieren que estas cámaras se ubicarían en los siguientes puntos de Bogotá:

  • Avenida 68
  • Avenida Boyacá
  • Avenida Ciudad de Cali
  • Avenida Guayacanes
  • Avenida Villavicencio
  • Calle 13
  • Calle 26
  • Calle 72

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