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Corte Suprema concluye que exdirector de la Policía, Rodolfo Palomino, buscó corromper a la justicia

W Radio tuvo acceso a la integridad del fallo condenatorio contra el general en retiro, quien buscó de forma abiertamente ilegal que se frenara la captura de un empresario procesado por despojo de tierras a campesinos humildes en Urabá.

General (r) Rodolfo Palomino. Foto:  (Colprensa - Luisa González).

General (r) Rodolfo Palomino. Foto: (Colprensa - Luisa González).

En un fallo de 131 páginas en poder de W Radio, la Corte Suprema de Justicia, en primera instancia, condenó con contundencia al general (r) Rodolfo Palomino -de 68 años de edad- a pagar 7 años y 1 día de prisión, por haber buscado detener la captura del cuestionado empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo, a quien se le libró orden de detención en 2014 por su presunta relación con el despojo de cientos de hectáreas a campesinos en Tulapas (Urabá) cuando integraba el Fondo Ganadero de Córdoba, en alianza con paramilitares de la ‘Casa Castaño’.

Incluso, este empresario Gallo Restrepo al que el exdirector de la Policía quiso ayudar y favorecer para que no lo detuvieran por este grave entramado, conforme determinó la Corte, fue calificado en la JEP por otros exintegrantes del FGC como una especie de “lobbysta” de los paramilitares en el Fondo que despojó a los campesinos. Tal testimonio lo dio Benito Molina Velarde en 2022 y fue revelado por La W.

La Corte en su fallo dio plena credibilidad a la prueba reina contra el exdirector de la Policía: la grabación que hizo la fiscal Sonia Lucero Velásquez de la reunión en la que Palomino llegó a su casa a proponerle que dejara “pendiente” la captura de Gallo Restrepo, al señalarla como inconveniente y exponer que era un “filántropo” con altas conexiones políticas.

La Corte de entrada, en el documento de 131 páginas, señaló que no se vulneró el derecho a la intimidad de Palomino ni tampoco la fiscal requería la emisión de orden judicial previa para grabarlo y al mismo tiempo no hubo manipulación de la grabación. Al contrario, para la Sala de Primera Instancia, el audio expuso, junto al testimonio de la testigo, una clara y reprochable interferencia del exdirector de la Policía -quien ostentaba ese cargo en 2014- en favor de una persona sindicada por graves delitos, obrando de manera mezquina por intereses de terceros y en contra de su deber.

“Sin embargo, abusó de ellas y del poder que ostentaba, ya que contrariando el ordenamiento jurídico ejerció influencias sobre una fiscal con el fin de favorecer ilegalmente a un procesado con orden de captura por los graves delitos de lavado de activos, concierto para delinquir y desplazamiento forzado, para que la cancelara, invocando el estatus social del procesado, su actividad empresarial y de filantropía, sus amistades, entre ellas con un expresidente de la República y el entonces Presidente del Banco Mundial” se lee en el fallo.

Al descender al punto concreto en que Palomino, como se escucha claramente en la grabación, le dice a la fiscal que le tenía una propuesta que podía sonar “indecente” y que dejara “pendiente” la captura, para la Sala su aparición en la casa de la fiscal, aunada a este mensaje explícito, configuró el delito de tráfico de influencias de servidor público.

De acuerdo con la Corte Suprema, Palomino trató de condicionar y alterar el juicio de la fiscal, asumiendo además una posición exculpatoria en favor de un procesado por nada más y nada menos que despojo de tierras, algo que como director de la Policía no le correspondía hacer y que para la Sala mostró poco respeto de Palomino por el ordenamiento jurídico.

“Optó por abogar en favor de un particular sin importarle que con su comportamiento podría generar impunidad, pues el procesado estaba siendo investigado por delitos graves como concierto para delinquir por promover grupos paramilitares y desplazamiento forzado al despojar a familias campesinas de sus tierras, crimen éste de lesa humanidad”, determinó la Sala de Primera Instancia.

Y es que de acuerdo con lo expuesto por la Corte en su fallo de primera instancia, durante el proceso se evidenció que tal presión indebida de Palomino, junto con otras dentro de la misma Fiscalía incluyendo un “jefe mayor” como lo dijo la fiscal Velásquez, llevaron a que la fiscal indicara que le tomó indagatoria al cuestionado empresario Gallo, y luego terminó dejándolo libre no solamente por la presión de actuaciones ilegales como la de Palomino, sino por temor.

“Es claro que la influencia ilegal de PALOMINO LÓPEZ fue tan eficaz, que logró intimidar a la funcionaria de la Fiscalía para que una vez indagado Gallo Restrepo procediera a dejarlo en libertad, aún con la información previa sobre la posibilidad de que éste abandonara el país, como él mismo lo ratificó en su declaración, cuando dijo que el día de la captura viajaba a Washington”, trajo a colación la Corte Suprema.

Incluso, para la Sala de Primera Instancia la actuación de Rodolfo Palomino es tan grave que con las intimidaciones que recibió la fiscal, y posterior libertad del procesado debido a esas presiones y sin ni siquiera analizar lo que dijo en indagatoria, fortaleció el imaginario de que la justicia “es para los de ruana” y que alguien con conexiones en el alto mando policial podía cambiar su situación jurídica, algo lamentable.

Para la Corte Suprema de Justicia, en primera instancia, el general Palomino tuvo un comportamiento reprochable porque por su cargo, trayectoria y estudios, conocía de la ilegalidad de su comportamiento. Además de la pena de 7 años y 1 día de cárcel efectiva, el exdirector de la Policía fue multado con 107 millones de pesos y fue inhabilitado por 8 años para ejercer funciones públicas.

En relación con la orden de captura inmediata, aunque la Sala reconoció que el general Palomino es un hombre con una carrera policial de cerca de 40 años en su momento, y que está a cargo de dos de sus nietos por el fallecimiento de uno de sus hijos -él lo asegura-, al mismo tiempo determinó de tamaña gravedad su intención de obstruir la captura de un empresario investigado por despojo de tierras a campesinos humildes, que se impuso detenerlo de inmediato.

“El acto influenciador ilegal desplegado por el condenado estuvo dirigido a impedir la captura de Luis Gonzalo Gallo Restrepo, quien estaba incurso en una investigación de altísima trascendencia y relevancia nacional, pues se le vinculaba a hechos relacionados con lavado de activos, desaparición forzada, entre otras conductas”, enfatizó la Corte Suprema.

Para los magistrados, en posición mayoritaria, el general Palomino necesita tratamiento penitenciario como mensaje contra la corrupción, reinserción y protección al condenado, recordando que el delito cometido lo hizo como director general de la Policía restando absoluta credibilidad a la imagen de la institución.

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La orden de detención inmediata contó con salvamento de voto del magistrado Jorge Emilio Caldas, quien aunque fue ponente de la sentencia en la que se declaró culpable a Palomino, señaló que una eventual detención debía ordenarse al momento en que el fallo estuviese en firme.

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