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Disputa entre Sayco y SIC: Juez ordena eliminar publicaciones sobre millonaria multa

La Superintendencia de Industria y Comercio aseguró que Sayco debía pagar una multa de 5.300 millones por imponer restricciones a los artistas.

Sayco y SIC. Fotos: X @SaycoOficial / X @sicsuper

Sayco y SIC. Fotos: X @SaycoOficial / X @sicsuper

Mediante un comunicado, Sayco anunció que ganó una acción de tutela contra la Superintendencia de Industria y Comercio en donde se asegura:

"La SIC, vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y al buen nombre de Sayco, con ocasión a las publicaciones realizadas por diferentes redes sociales en las cuales indicaba que Sayco había sido sancionada con una multa de $5.300 millones por prácticas que vulneraban la libre competencia".

Según el Juzgado, la Superintendencia incurrió en:

  • Desconoció las formas propias del proceso administrativo sancionatorio, que exige la firmeza de los actos administrativos como condición para su publicidad.
  • La SIC pretendió con esta publicación anticipada imponer a SAYCO una sanción moral o reputacional incluso antes de que la decisión sancionatoria estuviera en firme.
  • Se desconoció el principio de presunción de inocencia.
  • En consecuencia, el Juzgado ordeno a la SIC, eliminar las publicaciones realizadas en sus redes sociales y a su vez, realizar de forma inmediata una aclaración pública.

¿Qué respondió la SIC?

Tras esta petición que hizo Sayco, la SIC emitió un comunicado reiterando que “sancionó a Sayco y a ocho de sus directivos con más de $5.300 millones por obstaculizar la gestión individual de los derechos patrimoniales de autor”.

“La Superintendencia encontró que Sayco impuso distintas restricciones injustificadas a los afiliados que decidieran reservarse la gestión de alguna de estas modalidades a la gestión individual. Por un lado, estableció que estos afiliados, a quienes los categorizó como titulares administrados, no podían ser considerados como socios, y por ende, les impidió el derecho a elegirse y ser elegidos en los órganos directivos de Sayco”, señaló la entidad en su comunicación.

Por otro lado, indicó que estos titulares administrados debían pagar un 10% adicional de la tarifa cobrada a los socios para la gestión de sus derechos, recursos que se destinaban, según Sayco, a la financiación de los programas sociales y económicos de la organización, pero, cuyos beneficios se les impedía disfrutar al no tener la categoría de socios, creando unos desincentivos claros para quienes optaran por la modalidad de gestión individual.

De otra parte, la SIC señaló que Sayco condicionó la prestación del servicio de gestión colectiva de una modalidad de comunicación pública (por ejemplo, los derechos que surgen de los establecimientos de comercio) a la obligación de encargar a Sayco la gestión de todas las formas de comunicación pública (televisión, radio, conciertos, entre otros).

En este sentido, aseveró que esta decisión se emitió como resultado de la investigación administrativa, y se materializó con la expedición de la Resolución No. 90629 del 5 de noviembre de 2025, la cual, es susceptible de recurso de reposición dentro de los diez días siguientes a la notificación que ya ha sido surtida a todas las personas investigadas.

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