Gobierno decretó emergencia económica por 30 días: ¿en qué consiste?
En el marco de esta situación, se expedirán decretos para imponer nuevos impuestos y así financiar $16 billones de pesos.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro. EFE / Carlos Ortega / Carlos Ortega (EFE)
El Gobierno nacional decretó la emergencia económica por 30 días y, en el marco de esta situación, expedirá nuevos decretos para imponer otros impuestos, y así financiar $16 billones de pesos.
En su argumentación, el Gobierno asegura que “la situación grave e inminente que hoy enfrenta la Nación consiste en la incapacidad material y jurídica de garantizar, de manera continua, oportuna y suficiente, el goce efectivo de algunos derechos fundamentales y la prestación de unos servicios públicos esenciales, debido a una situación fiscal que adquirió el carácter de grave, por la ocurrencia de varios hechos económicos sobrevinientes y concurrentes que afectan de manera extraordinaria la situación actual de las finanzas de la nación”.
Específicamente, el Gobierno señala ocho asuntos que llevan a decretar esa emergencia:
1. La obligatoriedad de cumplimiento del auto de la Corte Constitucional relacionado con la UPC de salud.
2. La garantía de seguridad ciudadana por las recientes alteraciones de orden público y la protección por agravamiento del riesgo por atentados a líderes sociales, defensores de derechos humanos y candidatos para las próximas elecciones.
3. La no aprobación, por parte del Congreso, de dos proyectos de ley de financiamiento para las vigencias fiscales 2025 ($12 billones) y 2026 ($16,3 billones).
4. Desastres naturales causados por la actual ola invernal (Decreto 1372 de 2024 de Emergencia de Desastre Nacional por cambio climático y sus efectos).
5. Sentencias judiciales ejecutorias pendientes de pago.
6. Obligaciones atrasadas de origen legal (subsidios de servicios públicos eléctricos y combustibles) y contractual (vigencias futuras) adquiridas antes del presente Gobierno que se encontraban pendientes de pago y que deben pagarse en su totalidad.
7. Agotamiento de las alternativas de endeudamiento (Regla Fiscal) y cláusulas derivadas de las medidas unilaterales del gobierno de los EE. UU.
8. Restricciones en la caja de la Tesorería General de la Nación.
¿Y ahora qué viene?
Tras esto, el Gobierno expedirá nuevos decretos con los que imponen nuevos impuestos y el asunto pasará a revisión de la Corte Constitucional.
Sobre si pasará esa evaluación de la Corte, el profesor y exministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, fue tajante en señalar más temprano en W Radio que “esta decisión será declarada inconstitucional por la Corte, porque no se cumple el requisito fundamental que establece la Constitución y es que sea un hecho sobreviniente”.
En esto coincidió Juan Pablo Herrera, decano de Economía de la Universidad Externado, quien afirmó: “lo que estamos hoy viviendo es una situación en la cual se ha venido advirtiendo desde hace ya varios meses, sobre la situación crítica que en materia de política fiscal está viviendo el país. Es absolutamente importante reconocer que sin esa condición, muy seguramente la Corte Constitucional, a la hora de hacer una revisión sobre una medida como estas, dará una total negativa”.
De esta manera, se espera que el Gobierno imponga nuevos impuestos al patrimonio, a las bebidas alcohólicas, a los juegos de suerte y azar en línea y un 5x1000 a las transferencias, entre otros.
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