
¿Qué personas naturales no están obligadas a facturar electrónicamente?
Este documento “se genera, válida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente”.
Este documento “se genera, válida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente”.
Según la DIAN, la factura “se genera, valida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente”, lo que representa mayores ventajas debido a que es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios a nivel tributario.
¿Lo sabía? La DIAN hará unas modificaciones a la normativa de la facturación electrónica, conozca aquí cuáles serán los cambios.
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